Adición de la lista de apéndices de REACH


La lista de sustancias altamente preocupantes (SVHC) en virtud del Reglamento REACH de la UE se actualiza continuamente para reforzar la supervisión de las sustancias químicas potencialmente peligrosas. Según los últimos acontecimientos, la lista se ha ampliado de los primeros artículos a los actuales 253 artículos, cubriendo varias categorías de sustancias que representan una amenaza para la salud humana o el medio ambiente.

Nuevas categorías de sustancias y criterios de determinación

Los SVHC recién añadidos se identifican principalmente en función de las siguientes características peligrosas:

 

Toxicidad Reproductiva

El bisfenol AF (BPAF) y sus sales están listados debido a su claro daño al sistema reproductivo humano. Este tipo de sustancia se encuentra comúnmente en materiales industriales como plastificantes plásticos y resinas epoxi.

 

Neurotoxicidad

El N-hexano se ha convertido en la primera sustancia en ser incluida en SVHC debido a la neurotoxicidad al nivel equivalente de preocupación (ELOC), marcando una expansión de los criterios de evaluación de REACH más allá del marco tradicional de toxicidad cancerígena, mutagénica y reproductiva (CMR).

 

Muy persistente y altamente bioacumulativo (vPvB)

Los siloxanos como decamethyltetrasiloxane (D5) y 1,1,1,3,5,5,5-heptametil-3- [(trimetilsililo) oxi] trisiloxano están estrictamente controlados debido a su dificultad de degradación en el medio ambiente y su capacidad para acumularse en organismos vivos.

 

Colorantes azoicos y componentes alergénicos

Marrón reactivo 51, que puede liberar aminas aromáticas cancerígenas en condiciones específicas, se clasifica como un colorante con riesgo de sensibilización.

 

Obligaciones de cumplimiento corporativo

Una vez que una sustancia se incluye en la lista de candidatos de SVHC, las empresas relevantes deben cumplir de inmediato con las siguientes obligaciones legales:

Transmisión de información: Si el contenido de SVHC en el producto supera el 0,1% (en peso), el proveedor debe proporcionar información de uso de seguridad a los clientes y consumidores intermedios.

Notificación SCIP: De acuerdo con la Directiva Marco de Residuos (WFD), los artículos que contienen SVHC deben presentar información detallada a la base de datos SCIP de la ECHA para garantizar la trazabilidad durante la fase de eliminación de residuos.

Notificación de SVHC: Si el volumen anual de exportación supera 1 tonelada y el contenido de SVHC supera el 0,1%, el fabricante o importador debe completar la notificación formal a la ECHA en un plazo de seis meses.

Preparación de autorización: algunos SVHC pueden incluirse en la lista de autorización en el futuro (anexo XIV), y las empresas necesitarán solicitar permiso antes de poder continuar usándolos.

La lista de sustancias altamente preocupantes (SVHC) en virtud del Reglamento REACH de la UE se actualiza continuamente para reforzar la supervisión de las sustancias químicas potencialmente peligrosas. Según los últimos acontecimientos, la lista se ha ampliado de los primeros artículos a los actuales 253 artículos, cubriendo varias categorías de sustancias que representan una amenaza para la salud humana o el medio ambiente.

Nuevas categorías de sustancias y criterios de determinación

Los SVHC recién añadidos se identifican principalmente en función de las siguientes características peligrosas:

 

Toxicidad Reproductiva

El bisfenol AF (BPAF) y sus sales están listados debido a su claro daño al sistema reproductivo humano. Este tipo de sustancia se encuentra comúnmente en materiales industriales como plastificantes plásticos y resinas epoxi.

 

Neurotoxicidad

El N-hexano se ha convertido en la primera sustancia en ser incluida en SVHC debido a la neurotoxicidad al nivel equivalente de preocupación (ELOC), marcando una expansión de los criterios de evaluación de REACH más allá del marco tradicional de toxicidad cancerígena, mutagénica y reproductiva (CMR).

 

Muy persistente y altamente bioacumulativo (vPvB)

Los siloxanos como decamethyltetrasiloxane (D5) y 1,1,1,3,5,5,5-heptametil-3- [(trimetilsililo) oxi] trisiloxano están estrictamente controlados debido a su dificultad de degradación en el medio ambiente y su capacidad para acumularse en organismos vivos.

 

Colorantes azoicos y componentes alergénicos

Marrón reactivo 51, que puede liberar aminas aromáticas cancerígenas en condiciones específicas, se clasifica como un colorante con riesgo de sensibilización.

 

Obligaciones de cumplimiento corporativo

Una vez que una sustancia se incluye en la lista de candidatos de SVHC, las empresas relevantes deben cumplir de inmediato con las siguientes obligaciones legales:

Transmisión de información: Si el contenido de SVHC en el producto supera el 0,1% (en peso), el proveedor debe proporcionar información de uso de seguridad a los clientes y consumidores intermedios.

Notificación SCIP: De acuerdo con la Directiva Marco de Residuos (WFD), los artículos que contienen SVHC deben presentar información detallada a la base de datos SCIP de la ECHA para garantizar la trazabilidad durante la fase de eliminación de residuos.

Notificación de SVHC: Si el volumen anual de exportación supera 1 tonelada y el contenido de SVHC supera el 0,1%, el fabricante o importador debe completar la notificación formal a la ECHA en un plazo de seis meses.

Preparación de autorización: algunos SVHC pueden incluirse en la lista de autorización en el futuro (anexo XIV), y las empresas necesitarán solicitar permiso antes de poder continuar usándolos.


Anterior:No más datos